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20 de mayo de 2026

TREBEP completo: estructura, artículos clave y resumen para opositores

Resumen del TREBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015): los 8 títulos, 100 artículos, disposiciones derogadas y los datos clave que más se preguntan en los exámenes de oposiciones a la Administración Pública.

TREBEP completo: estructura, artículos clave y resumen para opositores

El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, es la norma de cabecera de cualquier oposición a la Administración Pública. Si te preparas Auxiliar AGE, Administrativo del Estado, Ayudante de Instituciones Penitenciarias, oposiciones autonómicas o locales, prácticamente todos los temarios incluyen el TREBEP de forma íntegra o parcial.

En este artículo tienes la estructura completa (títulos, capítulos, artículos y disposiciones), el contenido de cada bloque resumido y los datos clave que más se preguntan en los exámenes oficiales.

Ficha rápida del TREBEP

  • Norma: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  • Publicación en BOE: 31 de octubre de 2015.
  • Entrada en vigor: 1 de noviembre de 2015 (día siguiente a su publicación).
  • Deroga: la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP original).
  • Estructura: 8 títulos, 100 artículos, 16 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 derogatoria y 4 finales.
  • Enlace oficial: consulta del TREBEP en el BOE.

Pregunta tipo de examen: el TREBEP fue aprobado por… → Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Atención: NO es una Ley ordinaria ni un Real Decreto-ley.

Estructura general del TREBEP

Estos son los 8 títulos, con sus capítulos y la horquilla de artículos que abarca cada uno:

Título Contenido Artículos
IObjeto y ámbito de aplicación1 – 7
IIPersonal al servicio de las Administraciones Públicas8 – 13
IIIDerechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos14 – 54
IVAdquisición y pérdida de la relación de servicio55 – 68
VOrdenación de la actividad profesional69 – 84
VISituaciones administrativas85 – 92
VIIRégimen disciplinario93 – 98
VIIICooperación entre las Administraciones Públicas99 – 100

Título I — Objeto y ámbito de aplicación (arts. 1 a 7)

Define a quién se aplica el TREBEP y los principios que inspiran su aplicación.

  • Art. 1: objeto (bases del régimen estatutario de funcionarios) y los 12 fundamentos de actuación (de la a a la l: servicio, igualdad y mérito, sometimiento a la ley, igualdad de género, objetividad, eficacia, cualificación permanente, transparencia, evaluación, jerarquía, negociación colectiva, cooperación).
  • Art. 2: ámbito de aplicación (AGE, CCAA, EELL, organismos públicos, universidades).
  • Art. 4: personal con legislación específica (Cortes Generales, Justicia, Fuerzas Armadas, FCS, CNI, Banco de España…).
  • Art. 5: personal de Correos.
  • Art. 7: normativa aplicable al personal laboral (modificado por RDL 9/2025 en materia de permisos parentales).

Punto crítico: los 12 fundamentos del art. 1 caen casi todos los años en cualquier oposición. Memorízalos con regla mnemotécnica.

Título II — Personal al servicio de las AAPP (arts. 8 a 13)

Clases de empleados públicos y régimen del personal directivo.

  • Art. 8: clasificación → funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral (fijo, indefinido o temporal) y personal eventual.
  • Art. 9: funcionarios de carrera. Reserva exclusiva del ejercicio de potestades públicas.
  • Art. 10: funcionarios interinos. Causas tasadas (a, b, c, d) y plazo máximo de 3 años para vacantes (modificado por la Ley 20/2021 contra la temporalidad).
  • Art. 11: personal laboral.
  • Art. 12: personal eventual. Confianza o asesoramiento especial.
  • Art. 13: personal directivo profesional.

Pregunta tipo: ¿cuál de los siguientes NO es una clase de empleado público según el art. 8? → opciones trampa: "funcionario honorífico", "personal estatutario" (sí lo es para algunos efectos pero no como categoría del art. 8), etc.

Título III — Derechos y deberes. Código de conducta (arts. 14 a 54)

El título más largo y más preguntado. Se divide en seis capítulos:

Capítulo I — Derechos (arts. 14-15)

Art. 14: derechos individuales (17 letras, de la a a la q). Art. 15: derechos individuales que se ejercen colectivamente (libertad sindical, negociación, huelga, conflicto, reunión).

Capítulo II — Carrera profesional y evaluación del desempeño (arts. 16-20)

Cuatro modalidades de carrera (art. 16): horizontal, vertical, promoción interna vertical y promoción interna horizontal. Art. 20: evaluación del desempeño.

Capítulo III — Derechos retributivos (arts. 21-30)

Distinción clave:

  • Retribuciones básicas (art. 23): sueldo + trienios. Las fijan los PGE.
  • Retribuciones complementarias (art. 24): 4 factores (a, b, c, d) → carrera, características del puesto, rendimiento, servicios extraordinarios.
  • Pagas extraordinarias: dos al año (art. 22.4).

Capítulo IV — Negociación colectiva, representación y participación. Derecho de reunión (arts. 31-46)

Mesas Generales y Sectoriales de Negociación (art. 36). Materias objeto de negociación obligatoria (art. 37.1, 13 letras) y excluidas (art. 37.2, 5 letras). Pactos y Acuerdos (art. 38).

Capítulo V — Jornada de trabajo, permisos y vacaciones (arts. 47-51)

Bloque muy preguntado en supuestos prácticos:

  • Art. 48: permisos por motivos personales (matrimonio, fallecimiento, traslado de domicilio, deberes inexcusables, lactancia…).
  • Art. 49: permisos por motivos de conciliación: nacimiento de la madre biológica, adopción/guarda, progenitor diferente de la madre biológica, cuidado de hijo con cáncer.
  • Art. 50: vacaciones (mínimo 22 días hábiles).

Capítulo VI — Deberes. Código de conducta (arts. 52-54)

Art. 52: deberes de los empleados públicos. Art. 53: principios éticos (12 apartados). Art. 54: principios de conducta (11 apartados).

Título IV — Adquisición y pérdida de la relación de servicio (arts. 55 a 68)

  • Art. 55: principios rectores del acceso al empleo público (igualdad, mérito, capacidad + publicidad, transparencia, imparcialidad…).
  • Art. 56: requisitos generales para el acceso (nacionalidad, edad, titulación, capacidad funcional, no inhabilitación).
  • Art. 57: acceso de nacionales de otros Estados.
  • Art. 61: sistemas selectivos: oposición, concurso-oposición y excepcionalmente concurso.
  • Art. 63: causas de pérdida de la condición de funcionario (renuncia, pérdida de nacionalidad, jubilación, sanción disciplinaria firme de separación, pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público).
  • Art. 67: jubilación (voluntaria, forzosa por edad, por incapacidad permanente, parcial).

Título V — Ordenación de la actividad profesional (arts. 69 a 84)

Tres capítulos:

  • Cap. I — Planificación de RRHH (arts. 69-71): instrumentos, ofertas de empleo público, registros de personal.
  • Cap. II — Estructuración del empleo público (arts. 72-77): cuerpos y escalas, grupos de clasificación profesional (A1, A2, B, C1, C2 y otras agrupaciones profesionales del art. 76), relaciones de puestos de trabajo.
  • Cap. III — Provisión de puestos y movilidad (arts. 78-84): concurso y libre designación, movilidad voluntaria, permuta.

Pregunta tipo: ¿qué titulación se exige para acceder al Subgrupo A2? → diplomatura, grado, ingeniería técnica o equivalente (art. 76).

Título VI — Situaciones administrativas (arts. 85 a 92)

Las situaciones que regula el TREBEP son:

  • Servicio activo (art. 86).
  • Servicios especiales (art. 87): cargos electos, miembros del Gobierno, alto cargo, juez/fiscal, magistrado constitucional, miembros del CGPJ, etc.
  • Servicio en otras Administraciones Públicas (art. 88).
  • Excedencia (art. 89): voluntaria por interés particular, por agrupación familiar, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o terrorismo.
  • Suspensión de funciones (art. 90).

Título VII — Régimen disciplinario (arts. 93 a 98)

Bloque muy preguntado por las clasificaciones cerradas:

  • Art. 95: faltas muy graves (catálogo cerrado de 15 letras: incumplimiento del deber de respeto a la Constitución, discriminación, abandono de servicio, adopción de acuerdos manifiestamente ilegales, violación del secreto profesional, acoso laboral/sexual/moral…).
  • Art. 95.2: las faltas graves y leves las fija la ley de Función Pública de cada Administración.
  • Art. 96: sanciones (separación del servicio, despido disciplinario del personal laboral, suspensión firme, traslado forzoso, demérito, apercibimiento).
  • Art. 97: prescripción:
    • Faltas muy graves → 3 años.
    • Faltas graves → 2 años.
    • Faltas leves → 6 meses.
    • Sanciones muy graves → 3 años. Graves → 2 años. Leves → 1 año.
  • Art. 98: procedimiento disciplinario y medidas provisionales (suspensión provisional máxima de 6 meses).

Título VIII — Cooperación entre Administraciones Públicas (arts. 99 a 100)

Cierre del articulado. Regula la cooperación interadministrativa y la Conferencia Sectorial de Administración Pública.

Disposiciones del TREBEP

Además de los 100 artículos, hay disposiciones que también se preguntan:

  • 16 disposiciones adicionales: destacan la DA 5ª (Mutualismo administrativo) y la DA 12ª (Mesa General de Negociación en la AGE).
  • 9 disposiciones transitorias: la DT 3ª (clasificación profesional transitoria con los grupos A, B, C, D, E del extinto art. 25 Ley 30/1984 hasta que se desarrollen los nuevos) cae mucho.
  • 1 disposición derogatoria única: deroga la Ley 7/2007 del EBEP y 13 normas más.
  • 4 disposiciones finales: la DF única regula la entrada en vigor.

Datos numéricos memorables para el examen

Concepto Dato
Total de títulos8
Total de artículos100
Clases de empleados públicos (art. 8)4
Grupos de clasificación profesional (art. 76)A1, A2, B, C1, C2 + Agrupaciones profesionales
Vacaciones anuales mínimas (art. 50)22 días hábiles
Prescripción faltas muy graves3 años
Prescripción faltas graves2 años
Prescripción faltas leves6 meses
Plazo máximo funcionario interino vacante (art. 10)3 años
Suspensión provisional máxima (art. 98)6 meses
Pagas extraordinarias2 al año

Modificaciones recientes que debes conocer

El TREBEP no es texto cerrado, lo modifican periódicamente. Las reformas más importantes hasta hoy:

  • Ley Orgánica 3/2018: añade la letra j bis) del art. 14 (derecho a la desconexión digital).
  • Real Decreto-ley 6/2019: equiparación del permiso del progenitor diferente de la madre biológica.
  • Real Decreto-ley 14/2021 y Ley 20/2021: reforma profunda del personal funcionario interino (art. 10 y 11).
  • Ley 4/2023 (Ley Trans): modifica los apartados h) e i) del art. 14.
  • Real Decreto-ley 9/2025: modifica el art. 7 en materia de permisos parentales para personal laboral.

Consejo: cuando estudies, comprueba siempre la versión consolidada del BOE antes del examen, porque las modificaciones se suceden a buen ritmo.

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Conclusión

El TREBEP es la columna vertebral de cualquier oposición al sector público. Si te aprendes su estructura (8 títulos, 100 artículos) y los datos clave de cada bloque (clases de empleados, grupos de clasificación, faltas y sanciones, plazos de prescripción), tienes resueltas una gran parte de las preguntas teóricas del primer ejercicio.

Guarda esta página en favoritos para repasar antes del examen y consulta siempre el texto consolidado en el BOE para verificar modificaciones recientes.

Mucho ánimo con la oposición.